Educación en fácil

La Educación chilena a lo largo de sus constituciones

Far far away, behind the word mountains, far from the countries Vokalia and Consonantia, there live the blind texts. Separated they live in Bookmarksgrove right at the coast.

L a educación pública ha tenido, históricamente, un rol fundamental para el Estado, centrado en la construcción del bien común de la república y el desarrollo de la democracia. Esto, se refleja en prácticamente todas las constituciones que ha tenido nuestro país, salvo en una: la Constitución de 1980, que nos rige hasta el día de hoy.  

Si nos remontamos a la primera Constitución de la República de Chile, de 1833, veremos que allí se establece la educación pública como “una atención preferente del gobierno”; se define, además, la provisión de educación gratuita y la paulatina construcción de un sistema educativo público como una responsabilidad estatal. Desde esta primera base institucional, el Estado comienza a expandir su labor educativa mediante liceos y escuelas públicas, desplazando en esta labor a los municipios que no lograban cumplir el mandato de promover la educación de su población, a la Iglesia Católica y otros grupos privados focalizados en educar a las élites (Bellei & Muñoz, 2020), buscando con ello garantizar el acceso a un nivel mínimo de educación a toda la población.

En el año 1925, y bajo el gobierno del Presidente Arturo Alessandri Palma, se promulgó una nueva Constitución. Si bien este nuevo marco constitucional no se avanzó en una definición mayor respecto a educación, sí se constitucionalizó la libertad de enseñanza, la educación pública como atención preferente y la educación primaria obligatoria dentro de un mismo artículo, aspectos que serán centrales para el desarrollo educativo de este periodo, en el que se fortalece el Estado y su rol protagónico en la formación de la población.

La reforma constitucional de 1971, promulgada en el gobierno del Presidente Salvador Allende, es donde se observan los mayores cambios en Educación en materia constitucional. 

Con esta reforma se reafirma la educación como una función primordial del Estado, disponiendo un sistema educativo nacional constituido por instituciones oficiales de enseñanza y privados, quienes tienen el rol de colaborar en la función pública. Esta reforma dota de contenido a la libertad de enseñanza orientándola hacia una educación democrática, pluralista y sin orientación partidista, y otorga libertad de organización y administración a la educación privada, explicitando que solo aquella sin fines de lucro recibiría financiamiento estatal. Por último, se hace mención explícita a la educación superior, estableciendo el deber estatal de financiar y crear un sistema de acceso basado en la idoneidad académica.

Casi una década después, el cambio constitucional de 1980 promulgado durante la dictadura militar vino a romper con un rasgo distintivo del desarrollo histórico de la educación chilena: la directa responsabilidad estatal en la provisión de la educación, entregada de forma gratuita, obligatoria, universal, y en todos sus niveles. 

Bajo esta Carta fundamental, el Estado asumió un rol limitado a financiar un sistema gratuito -en principio solo para educación básica- y subsidiario de la iniciativa privada en educación. Se incorporó, además, una perspectiva tutelar respecto al derecho y deber de los padres de educar a los hijos, dejando al Estado con un rol “vigilante” y protector del ejercicio del derecho, es decir, se familiariza la responsabilidad de educar.

Si bien el Estado chileno históricamente ha reconocido el derecho de la enseñanza privada y ha promovido un régimen mixto en el sistema educacional, siempre fue desde un esquema en el que la educación pública asumía un rol preponderante en la provisión de servicios educativos, donde la función estatal estaba orientada a expandir y robustecer el sistema público, y la labor de privados complementaba y enriquecía este rol. Con la Constitución del 80, sin embargo, la libertad de enseñanza comienza a ser concebida como un derecho distinto, orientado exclusivamente a la propiedad y libertad para la apertura y mantenimiento de establecimientos educacionales por parte de privados, sin enfatizar su potencial aporte y contribución a la diversidad y pluralismo de proyectos educativos en el sistema.

REFERENCIAS

Bellei, Cristián. (2015). El gran experimento. Mercado y privatización de la educación chilena. Santiago de Chile: LOM ediciones.

Bellei, C. & Muñoz, G. (2020).  Informe nº5. Políticas educacionales en Chile en las últimas décadas. Entre el Estado, el mercado y la rendición de cuentas basada en tests de logro académico. Centro de Investigación Avanzada en Educación, Universidad de Chile. disponible en: https://www.researchgate.net/publication/345807808_Politicas_educacionales_en_Chile_Estado_Mercado_y_Rendicion_de_Cuentas

​​Constitución Política de la República de Chile (1833). Jurada y promulgada el 25 de mayo de 1833, Chile. Recuperado de: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=137535&idParte=

Constitución Política de la República de Chile (1925). Promulgada el 18 de septiembre de 1925, reforma del 28 de septiembre de 1971. Recuperado de: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=241203&idParte=

Constitución Política de la República de Chile (2005). Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile. Recuperado de: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=242302