Skip to main content

El viernes 1 de abril finalizaron las votaciones en general sobre los temas educativos que habían  comenzado el miércoles 30 de marzo. De las 60 iniciativas presentadas, fueron aprobadas dos iniciativas convencionales, dos iniciativas populares y dos iniciativas indígenas. ¿Qué incluyen estas propuestas? Te lo contamos a continuación.

  • Derecho a la educación y rol del Estado

En general, este es el punto en el que ha habido más acuerdo transversal durante el debate. Se entiende que la Constitución debe proteger el derecho a la educación, y que el Estado debe cumplir un rol garante de este derecho, superando el rol subsidiario que ha tenido durante las últimas décadas.

  • Fines de la educación

Es normal que las constituciones den una definición general sobre la educación. En las propuestas aprobadas se entiende, en general, desde una perspectiva individual y colectiva, entendiéndose como un espacio de formación integral y permanente a lo largo de la vida de los individuos, con el objetivo de formar una sociedad cohesionada, inclusiva, diversa y con respeto por el medio ambiente. Así, las iniciativas apuntan tanto a la realización personal de los individuos como al desarrollo del bien común.

  • Sistema de enseñanza formal

Se define en general la universalidad y obligatoriedad de la enseñanza básica y media. Algunas iniciativas difieren, agregando en mayor o menor medida niveles de educación de párvulos. También establecen la gratuidad de los niveles obligatorios, y unas pocas la gratuidad progresiva de la educación de párvulos y la educación superior.

  • Educación Pública

A grandes rasgos, se plantea la importancia de la educación pública como eje estratégico del sistema educativo, por lo que se define que el Estado debe administrar un sistema con características no muy diferentes a las actuales -laica, gratuita, descentralizada-, aunque se le agrega la importancia de su pertinencia territorial. En ningún caso se define como el único sistema existente en Chile, dejando la puerta abierta a proyectos particulares.

  • Libertad de Enseñanza

Varias de las iniciativas aprobadas reconocen la libertad de enseñanza por su contribución a la diversidad y el pluralismo. Este derecho reconoce la libertad de particulares a generar proyectos privados y a ser reconocidos por el Estado siempre y cuando cumplan el rol público definido por los principios de la educación que defina la Constitución y se apeguen a la legislación. Algunas iniciativas incluso reconocen el derecho de estos establecimientos a recibir financiamiento estatal si cumplen con ciertos requisitos mínimos.

  • Derecho preferente de las familias

Tres de estas iniciativas reconocen y protegen el derecho preferente -y la responsabilidad- de las familias para elegir la educación de las personas a su cargo de acuerdo a sus creencias y convicciones. Algunas sólo limitan este derecho por principios de autonomía progresiva e interés superior de los niños, niñas y adolescentes.

  • Participación

Algunas de estas iniciativas garantizan la participación de las comunidades educativas en las decisiones de los establecimientos, comprendiendo la educación como una actividad colectiva. En un caso, esta participación sería vinculante y bastante normada, mientras que otra deja esto para ser regulado por la ley.

  • Docencia

Varias de estas iniciativas reconocen constitucionalmente el rol primordial de docentes y educadores/as en los procesos educativos. Así, se garantiza que tengan adecuados niveles de formación y desarrollo profesional y condiciones óptimas de enseñanza que les permita desempeñar su trabajo.

  • Educación no formal

Algunas iniciativas reconocen la existencia de proyectos educativos no formales, los cuales podrían articularse de mejor manera con el sistema de enseñanza formal.

  • Educación de pueblos originarios

Las iniciativas que tocan este tema reconocen la autonomía de los pueblos originarios y, por lo tanto, su derecho a proveer educación en conformidad con sus costumbres. Una de estas iniciativas plantea el derecho a establecer sistemas de educación ancestral propios y el deber del Estado de apoyarla sin intervenirla.

Recuerda que nada de esto está aprobado totalmente. Toca ahora un proceso de discusión y deliberación, en el que las iniciativas deberán ser revisadas y votadas en particular – es decir, párrafo por párrafo-, incluyendo todas las indicaciones que puedan hacer los convencionales, por lo que todavía no es posible definir qué es lo que irá finalmente al informe que se presentará al pleno, donde se requiere que ⅔ de la convención aprueben las normas. 

¿Quieres conocer en detalle las normas aprobadas? Pincha en cada una de ellas para leerlas.